El Ministerio de Economía dispuso que el personal estable de la ex Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables quede en situación de disponibilidad. El cambio se dio luego de que ese organismo fuera eliminado de la estructura estatal en enero de 2025.
La medida fue formalizada mediante la publicación de la Resolución 1942/2026 en el Boletín Oficial, firmada por el ministro Luis Caputo, y alcanzó a un total de 16 agentes de la planta permanente incluidos en un anexo que acompaña la norma.
"Establécese que el personal de planta permanente con estabilidad adquirida, que se detalla en el anexo (IF-2026-89875864-APN-SSGAI#MEC) que integra esta medida, queda en situación de disponibilidad", establecieron en el primer artículo del documento. Asimismo, hicieron mención a la disolución del área que dependía de la Secretaría de Transporte.
De acuerdo con el archivo conjunto, los empleados desafectados son:
Previo a esto, el Gobierno había eliminado la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables a través del decreto 3/2025. A partir de esa decisión, los empleados de planta con estabilidad adquirida quedaron alcanzados por el régimen previsto en la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional, la ley N° 25.164.
Ese régimen establece que, ante la supresión de organismos, funciones o puestos, los trabajadores estables pueden pasar automáticamente a una situación de disponibilidad por hasta 12 meses. Durante ese período, la administración debe aplicar las reglas vigentes para ese tipo de personal.
Por este motivo, informaron que se limitará "toda licencia sin goce de haberes, comisión de servicios, adscripción o asignación transitoria de funciones oportunamente dispuesta con relación al personal de la citada ex Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables".
Según la resolución, la Dirección General de Recursos Humanos informó que no fue posible otorgar nuevas funciones a los agentes alcanzados dentro de la Secretaría de Transporte. El argumento central es que se trata de personal embarcado, con tareas específicas vinculadas a la actividad portuaria y las vías navegables.
Frente a esto, la Secretaría de Transporte señaló que esta nómina ya no tiene competencias en esas materias tras la eliminación de la subsecretaría. Aunque la normativa contempla la posibilidad de que los empleados en disponibilidad sean reubicados dentro de la administración pública, según las necesidades y vacantes existentes, el Ministerio de Economía sostuvo que no encontró tareas compatibles para asignarles.
No obstante, la decisión contempla una situación particular vinculada a la representación sindical. La reglamentación impide que los delegados gremiales con mandato vigente, o durante el año posterior a su tutela, sean puestos en disponibilidad.
Sin embargo, el secretario general del Sindicato de Dragado y Balizamiento notificó al Ministerio de Economía las renuncias a esa protección sindical presentadas por los trabajadores incluidos en el anexo de la resolución.
Con esa comunicación, el Gobierno consideró que podía incorporar a esos agentes al régimen de disponibilidad establecido para el resto del personal afectado por la reestructuración. Así, la cartera económica deberá notificar de manera individual a los trabajadores alcanzados, conforme al procedimiento previsto por el Régimen de Personal en Situación de Disponibilidad aprobado en 2024.